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Acceso Público de Perros de Asistencia: Derechos y Normativas

Actualizado: 28 jul 2024

Todo lo que debes saber en relación a dónde puede entrar un perro de asistencia, si necesitan un certificado de perro de servicio o presentar una credencial, cómo te proteges como empresa y cuando puedes pedir que se retire el perro del establecimiento.


La imagen muestra a un perro de asistencia de pelaje dorado caminando al lado de una persona que lleva jeans y zapatos negros. El perro lleva un arnés negro con la inscripción "SERVICE DOG" en letras blancas, y está sujeto con una correa roja. Ambos están cruzando una calle por un paso de peatones.

¿Qué es un perro de asistencia?


Los perros de asistencia son fundamentales para sus usuarios, proporcionando el apoyo necesario para que puedan desenvolverse en igualdad de condiciones con los demás. Estos perros están especialmente entrenados para mitigar las limitaciones que acompañan a diversas discapacidades, mejorando significativamente la calidad de vida de sus dueños.

Es crucial entender qué son los perros de asistencia y conocer sus derechos para fomentar una cultura inclusiva y respetuosa. En esta entrada del blog, exploraremos la importancia de estos derechos y cómo se aplican en diferentes contextos, con el fin de asegurar que las personas con discapacidades reciban el apoyo y respeto que merecen.


Leyes que protegen el acceso público de los perros de asistencia


Por regla general, si el lugar no es estéril, no pueden negarle el acceso a los perros de asistencia. Ninguna política interna de empresas públicas o privadas puede vulnerar el derecho de la persona con discapacidad a acceder con su perro de asistencia.


  1. Las políticas internas de la empresa no aplican a los perros de asistencia. Deben permitirle el acceso aunque las políticas no acepten mascotas.

  2. No pueden pedirle al usuario que muestre una identificación o documentació sobre su discapacidad.

 

Existen varias leyes y comunicados oficiales a nivel federal (nacional) y estatal que mencionan los derechos de los usuarios de perros de asistencia, también llamados perros de servicio.


Legislación federal


A nivel nacional la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad garantiza el acceso público de los perros de asistencia que acompañen a la persona a la cual asisten. También están la Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, y varios comunicados y acuerdos, en ésta publicación nos enfocaremos en la LGIPD.

"Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones públicas y privadas, que les permita el libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras."Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Artículo 16

Esto significa que las normas, lineamientos y reglamentos de cualquier institución deben cumplir con esta ley, por lo que no pueden instalaciones privadas decir que por políticas de la empresa no permiten el acceso de perros de asistencia.

 "Promoverá que las personas con discapacidad que tengan como apoyo para la realización de sus actividades cotidianas, un perro guía o animal de servicio, tengan derecho a que éstos accedan y permanezcan con ellos en todos los espacios en donde se desenvuelvan. Asimismo, queda prohibido cualquier restricción mediante la que se impida el ejercicio de este derecho."Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Artículo 16

La imagen muestra a una persona empujando un carrito de compras en un supermercado. A su lado, un perro de asistencia de pelaje claro camina, equipado con un arnés negro. El perro está asistiendo a la persona mientras hacen compras.

Legislación estatal


Cada estado tiene su propia legislación y terminología respecto a los perros de asistencia. Es importante destacar que las leyes estatales complementan las leyes federales, las cuales se aplican en todo el país. En esta sección, destacamos aquellos estados que son la excepción en cuanto a la documentación requerida. Algunos estados permiten que los establecimientos soliciten una credencial emitida por la escuela o el adiestrador que capacitó al perro o realizó la prueba de acceso público. Sin embargo, en ningún estado se puede exigir documentación adicional sobre el historial médico o la discapacidad del usuario.


Los estados que hacen uso de credencial del perro de asistencia son los siguientes: Baja California, Morelos, CDMX, Nuevo León y San Luis Potosí.


Condiciones para el acceso de perros de asistencia

El usuario tiene derecho a permanecer acompañado de su perro de servicio en todo momento. Y queda prohibido cualquier restricción que lo impida, por lo que crear obstáculos o requisitos que impidan el perro de asistencia permanezca con su usuario o realice su trabajo es un incumplimiento de la ley, incluyendo pero no limitandose a ;

  • Pedir el uso del bozal

  • Cobrar una tarifa extra

  • Pedir que el perro se separe del usuario

  • Pedirle documentación privada al usuario sobre su discapacidad o su perro.

  • Limitar el acceso a solo cierta área. Por ejemplo en restaurantes restringir el acceso a solo la zona de terraza.

  • Entre otros.


Excepciones y restricciones


Sin embargo, si se puede pedir que el perro se retire de las instalaciones en caso de que se comporte fuera de control, un perro de asistencia debe estar altamente entrenado no solo para asistir a su usuario, también para comportarse en público, en caso de que el perro tenga un entrenamiento deficiente que perjudique a terceros, se puede pedir que el perro sea retirado del lugar sin que se considere discriminación.


El usuario o acompañante tienen total responsabilidad sobre el perro y sus acciones, no es responsabilidad de los establecimientos reparar daños, limpiar accidentes, ni proporcionarles comida o agua.


Algunos ejemplos de conductas disruptivas;


  • Ladrando a personas ajenas a su usuario, a otros animales u objetos. (Pueden llegar a ladrar para alertar a su usuario de algún alergeno o crisis médica pero debe ser un ladrido controlado y parar a la orden del usuario)

  • Saltando hacia la gente o aparadores (A menos de que su trabajo lo amerite como entregar tarjetas, presionar botones, etc.)

  • Oliendo, tomando, lamiendo, o dañando mercancía.

  • Haciendo sus necesidades dentro del establecimiento.


Conclusión


En resumen, la accesibilidad de los perros de asistencia es una cuestión de derechos y respeto hacia las personas con discapacidades. Conocer tanto la legislación federal como la estatal es esencial para garantizar que estos derechos se cumplan adecuadamente. Al estar informados, podemos contribuir a una sociedad más inclusiva y respetuosa, donde los perros de asistencia y sus usuarios puedan disfrutar de un acceso público sin restricciones ni discriminación.

 
 
 

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